El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley de blanqueo, denominado "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado", que comprenderá a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas.
El proyecto, elaborado por el Ministerio de Economía que conduce Sergio Massa, establece que se podrán exteriorizar la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles e inmuebles.
1. Cuáles son los bienes comprendidos en el blanqueo
Dentro de la iniciativa están comprendidos los bienes en moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos, según detallaron fuentes del Palacio de Hacienda.
2. Cuáles son las alícuotas del blanqueo
* El 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos de la puesta en marcha del blanqueo.
* El 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días.
* El 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.
Además, se incrementarán las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del exterior en el caso de que no exista repatriación, que no podrá ser inferior al 10%.
3. Se establecerá un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5%
Aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y que el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales con un tope de hasta USD 50 mil.
4. ¿Cómo acceder y quiénes están excluidos?
Para acceder se requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado.
- Quedarán excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario (se excluyen contribuyentes de alta capacidad contributiva).
- También quedan excluidos funcionarios públicos y sus familiares directos.
- Se excluyen sujetos declarados en estado de quiebra o sujetos condenados por delitos frente a incumplimiento tributarios, en caso de que exista una sentencia firme y la condena no estuviera cumplida.
5. Beneficios del blanqueo
No se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados, indica el proyecto. Se liberará así a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.
A su vez, los sujetos quedan liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar:
*Impuesto a las Ganancias.
*Impuestos Internos y al Valor Agregado.
*Impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.
Para aprobar el proyecto en el recinto, el bloque del Frente de Todos deberá buscar acuerdos Juntos por el Cambio debido la extrema paridad que existe entre los dos bloques, ya que el FDT cuenta con 118 legisladores y JXC 116, con lo cual es difícil aprobar una iniciativa de esta envergadura si algún tipo de consenso entre las principales fuerzas políticas.