Tras la devaluación de la semana pasada y la variación de la cotización del “dólar tarjeta”, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió este lunes cómo se debe calcular el tipo de cambio para los consumos en dólares de los resúmenes de la tarjeta de crédito con cierre posterior al 14 de diciembre. De acuerdo a las nuevas normas, los contribuyentes pagarán una carga impositiva del 60 por ciento, que ante un dólar oficial de 821 pesos, representaría un valor total de 1313,60 pesos con impuesto PAIS y anticipo a cuenta de Ganancias incluídos.
En una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo de recaudación dictó que todos aquellos consumos en el exterior realizados hasta el 13 de diciembre inclusive y con cierre de tarjeta posterior al día 14, pagarán un 30 por ciento de Impuesto PAIS y un 30 por ciento como percepción a cuenta de Ganancias, lo que implica un agregado impositivo del 60 por ciento por sobre el dólar oficial, que tras la devaluación de la semana pasada actualmente ronda los $821, según la cotización del Banco Nación.
La modificación, que rige desde este lunes –pero que aplica de forma retroactiva a aquellos cierres que se hayan producido después del 14 de diciembre– evita que todas aquellas compras que se realizaron antes de esa fecha paguen impuestos por el 155 por ciento, como definía la normativa anterior.
En ese caso, la cotización a la que se pagarían esos gastos habría sido de casi 2040 pesos. En cambio, el “dólar tarjeta” actual, con las nuevas disposiciones del Gobierno se ubica en 1313,60 pesos.
Fuente: Página 12