Los jueces Gabriela Romero Nayar, Pablo Farah y Mónica Faber de la Sala 5 del Tribunal del Juicio condenaron a Pablo Marcelo Rangeón a la pena de siete años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual acceso carnal en perjuicio de C. F. R.
En los otros cinco casos (abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S. Y. G.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J. P. R. P.; abuso sexual simple en perjuicio de M. L. B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M. P. G. E.; y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. A., los jueces Romero Nayar, Farah y Faber absolvieron por unanimidad a Rangeón por el beneficio de la duda.
El representante del Ministerio Público Fiscal, Pablo Rivero de UDIS 4, había solicitado que se le imponga la pena de 16 años de prisión por los delitos de delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S. Y. G.; abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. F. R.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J. P. R. P.; abuso sexual simple en perjuicio de M. L. B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M. P. G. E.; y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. A., todo ello en concurso real.
La querella había solicitado 27 años de prisión efectiva y la defensa, el absolución lisa y llana del productor de modas y, de manera subsidiaria, su absolución por aplicación del beneficio de la duda.
Además, el Tribunal dispuso que Rangeón indemnice por daño moral con $1.500.000 a la víctima, sea puesto a disposición del Servicio Penitenciario Provincial y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN para su posterior incorporación en el Banco de Datos Genéticos.