A pocos días de tener que abonarse el medio aguinaldo, segunda cuota anual, en diciembre, ya que para los trabajadores la Ley 27.073 obliga a pagarlo antes del 18 de diciembre, el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la exención del Impuesto a las Ganancias, por decreto.
Según la norma quedarán plenamente exentos el aguinaldo hasta un nivel de bolsillo de $15.000, equivalente a un salario bruto promedio mensual del semestre no mayor de unos $35.000. Mientras que para los haberes antes de descuento de 17% para el Sistema de la Seguridad Social y Obra Social, que no superen los $55.000, podrán aplicar una deducción especial de hasta $15.000. De ahí que el beneficio disminuirá proporcionalmente, hasta llegar a dicho umbral de ingreso nominal.